Consulta 2018.4.5.2. IS, IVA: Aplicación de la Disposición Transitoria Primera del Concierto Económico. Entrada en vigor de las nuevas reglas según las cuales la competencia normativa e inspectora en el IS y el IVA corresponde a las instituciones forales cuando el volumen de operaciones en el ejercicio anterior hubiera excedido de 10 millones de euros y se hubieran realizado en el País Vasco el 75 por ciento o más de su volumen de operaciones, aunque el domicilio fiscal estuviera en territorio común