La entrada en vigor la LCSP ha introducido numerosos cambios con respecto a la ley anterior. Entre ellas se encuentra la obligatoriedad de incluir consideraciones de tipo medioambiental, social o relativas al empleo. Los poderes públicos tienen la obligación de su promoción, por lo que esta obligación parece prima facie, positiva. Sin embargo, aunque en un primer momento el interés social puede verse beneficiado por ellas, al mismo tiempo pueden implicar un problema de concurrencia dificultando el acceso a la licitación a las PYMEs.
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