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Los expedientes administrativos de responsabilidad contable están sujetos al plazo de caducidad de tres meses: Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso-administrativo, Sentencia 12 Marzo 2019

  • Localización: Actualidad administrativa, ISSN 1130-9946, Nº 5, 2019
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • La naturaleza meramente indemnizatoria o resarcitoria del procedimiento de reintegro excluye la aplicación del plazo de seis meses previsto para los procedimientos sancionadores


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