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Resumen de Universalidad, gratuidad y subsistencia: la futilidad de la utilización del criterio de renta dentro de la asistencia sanitaria

Jesús Esteban Cárcar Benito

  • La trascendencia de la justicia en el gasto público como presupuesto de una real y efectiva consagración de la justicia financiera (y por tanto también de la justicia tributaria) ha sido enmarcada dentro del contexto general de las transformaciones del moderno Estado de Bienestar. La solución era indudablemente acertada, refiriéndose al principio de capacidad económica, renta, como criterio de reparto de la carga tributaria partiendo del individuo y de la salvaguardia de sus derechos como tal, ya que el ciclo se concluía con dos operaciones tan sólo. El Estado gastaba y los ciudadanos (súbditos) contribuían a ese gasto “en proporción a sus haberes”.

    Ahora bien, el derecho a la obtención de medios para satisfacer las necesidades básicas de la vida, se hace efectivo mediante el establecimiento de una prestación económica denominada renta básica y se sitúa en el ámbito jurídico del derecho de subsistencia dentro de los derechos prestacionales públicos, caracterizados por una mayor concreción normativa que confiere mayores garantías jurídicas a los ciudadanos.

    El problema, que este trabajo trata de abordar, es, consecuencia de la diversidad de necesidades, la referencia y la indisoluble unión del derecho de subsistencia y el derecho universal a la asistencia sanitaria.


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