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Límites a la negociación colectiva en el ámbito de la empresa: la aplicación jurisprudencial del principio de correspondencia representativa

  • Autores: María Antonia Castro Argüelles
  • Localización: Derecho de las relaciones laborales, ISSN 2387-1113, Nº. 4, 2019, págs. 374-391
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • español

      El Estatuto de los Trabajadores incorpora una serie de reglas sobre legitimación y representatividad para negociar en el ámbito de la empresa. El cumplimiento de estos requisitos ha planteado numerosas cuestiones litigiosas que han llegado al TS, buena parte de ellas, a propósito de la negociación en empresas multiservicios. La respuesta del TS no repara en las dificultades que puede suscitar la negociación empresarial de alcance general en este tipo de empresas. Para el TS el principio de correspondencia representativa impide que se negocie con un comité de empresa o con el delegado de personal de uno de los centros de trabajo un convenio que pretende extender su ámbito de aplicación a otros centros y/o a todo el territorio nacional; incluso cuando en el momento en que se negocia no haya ni más representantes ni más centros de trabajo. En la problemática que se plantea en esos casos se pone de manifiesto que siguen existiendo aspectos de la negociación en la empresa, relacionados con las reglas de legitimación para negociar en ese ámbito que no están bien resueltos, sin duda porque las reglas del art. 87.1 ET no agotan todas las posibilidades de negociación desde el punto de vista funcional.

    • English

      The Workers’ Statute (WS) incorporates a series of rules based on the principles of legitimacy and representativeness in order to determine who is able to participate in a firm’s collective bargaining processes. The compliance with these principles in multi-service companies has generated much litigation, many of them reaching the Supreme Court (SC). The SC’s judgements do not acknowledge the difficulties that can arise in these companies when initiating collective bargaining for the entire corporation. According to the SC, the principle of representative correspondence prevents negotiating with a works council or with the personnel’s delegate of one of the work centers agreements applicable to other centers and/or to the entire national territory; even when, at the time of the negotiation, there are no other representatives or other work centers. This fact clearly shows that there are some deficiencies in the regulation of the principle of legitimacy for collective bargaining at the corporate level, specially taking into account that the rules included in the art. 87.1 WS do not contemplate all possible scenarios of collective bargaining.


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