En el presente trabajo el autor analiza la posibilidad de permitir en una Sociedad Limitada (aunque sería perfectamente válida también en una anónima) que la Junta de socios pueda adoptar acuerdos sin necesidad de reunirse, cláusula que ha sido recientemente inscrita en el Registro Mercantil de Madrid. Examina tanto la utilidad de la cláusula, como su fundamento legal y su relación con las nuevas tecnologías.
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