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Urgencia vital: reintegro o declaración judicial de condena a su pago

  • Autores: José Domingo Monforte, María del Carmen Escriche Monzón
  • Localización: Diario La Ley, ISSN 1989-6913, Nº 9388, 2019
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • La asistencia sanitaria urgente, inmediata y de carácter vital requerida para la procedibilidad del reintegro de los gastos médicos prestados al margen del Sistema Nacional de Salud no debe llevar de forma automática a que previamente se haya producido el pago para exigir posteriormente el reintegro. Y ello en tanto que hay situaciones en las que, ante la imposibilidad económica del beneficiario del Sistema Nacional de Salud de hacer frente a los mismos, el riesgo viene impuesto por dicha situación y no porque concurra la ausencia de urgencia vital, adecuadamente entendida a la luz de la doctrina jurisprudencial como de suma importancia o transcendencia para la salud del paciente.


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