El presente trabajo tiene por objeto el desarrollo e investigación de la acción de amparo que ha sido receptada en nuestra Carta Magna desde el año 1994, y en leyes de cada jurisdicción respectiva. A fin de abordar la conclusión final, se requiere del estudio de doctrina y jurisprudencia que han orientado el sentido de la vía en distintas corrientes. Vemos que, por un lado, se inclinan los que analizan de manera estricta el curso de la vía del amparo, requiriendo para su procedencia: demostrar por parte del accionante la ineficacia de los remedios ordinarios administrativos y/o judiciales, independientemente del derecho de fondo que se trate, quedando claro que –en este sentido- se entiende la acción como excepcional. Mientras que por otro lado, los de una postura más amplia. Los que no entienden a la acción de amparo como una vía de excepción, sino una vía como posible elección del amparista, ponderando el derecho constitucional que se alega violentado, y la irreparabilidad del daño denunciado que requiere de un trámite procesal expedito y rápido.
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