Es una exégesis en la que se trata de determinar entre distintas normas jurídicas cuando el colono corta los árboles porque le dio un uso abusivo a la cosa locada, ante varios remedios jurídicos que pueden intentarse en su contra, además de la actio conductio, la aplicación de la Ley de las XII Tablas, La Lex Aquilia y los interdictos unde vi y de clandestina possessione. La Ley le da la posibilidad al colono de que las repela por una exceptio una vez intentada la actio conductio. El problema que se plantea es que si en el período que el colono tiene el juicio por el ejercicio de la actio conductio en el que se le reclama por el corte de los árboles el reclamante pierde el juicio y las acciones que pudo haber tenido expeditas se pierden por haberse vencido los plazos para interponerlas. Queda en claro que no se pueden ejercer varias acciones en simultáneo buscando el mismo objetivo.Se tratará de establecer entre las herramientas legales cuál es la de mejor aplicabilidad en la práctica respetándose el sentido de la aequitas
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