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Trends and sources of international taxation

  • Autores: Carlos María López Espadafor
  • Localización: Cuadernos de derecho transnacional, ISSN-e 1989-4570, Vol. 11, Nº. 1, 2019, págs. 438-458
  • Idioma: inglés
  • Títulos paralelos:
    • Tendencias y fuentes de la fiscalidad internacional
  • Enlaces
  • Resumen
    • español

      La fiscalidad internacional ha experimentado un gran crecimiento, aumentando con­siderablemente el volumen de producción normativa que le afecta, ya se trate de normas de origen internacional o de normas de origen interno. Dentro de las fuentes de origen internacional que le afec­tan, destacan especialmente los convenios para evitar la doble imposición internacional, esencialmente siguiendo el Modelo de la OCDE. Junto a ello, también dentro de la disciplina jurídica de la Unión Eu­ropea se ha producido un importante desarrollo de las normas que afectan a la fiscalidad internacional. Ahora bien, en la base de la construcción dogmática de la fiscalidad internacional no se deben perder de vista las normas de Derecho Internacional General que le afectan, ensombrecidas a veces por las normas de los numerosísimos convenios internacionales en la materia, pero que éstos no pueden dejar de tomar como base. Así pues, el desarrollo globalizado de la fiscalidad internacional no puede desconocer los principios generales que le deben servir de base, ya sea como fuentes directas en materia de fiscalidad internacional, ya sea como bases esenciales sobre las que conformar la fiscalidad internacional, como subdisciplina dentro de la disciplina tributaria. Incluso el desarrollo a nivel interno de la fiscalidad inter­nacional no se puede hacer sólo tomando en consideración los resultados normativos del fenómeno de la globalización, sino que debe hacerse también sin perder nunca de vista los principios que derivan en materia tributaria del Derecho Internacional General. Aunque el fenómeno globalizador cobre un espe­cial protagonismo en materia tributaria, la contemplación interna de la fiscalidad internacional no puede alejarse de las bases generales de esta subdisciplina tributaria.

    • English

      International Tax Law has grown significantly and this has caused a considerable in­crease in the importance of the legislative production affecting it, through both national and internatio­nal rules. Within those rules of international origin, conventions intended to avoid international double taxation stand out, essentially those following the OECD model. Along with this and also within Eu­ropean Union law, there has been a significant structuring of the rules involving international taxation. That said, we can never lose sight -upon the basis of the dogmatic structuring of international taxation- of the General International Law rules affecting it. These may occasionally be overshadowed by the rules of the countless international conventions on the matter, but the former rules cannot cease to be taken as the basis. Therefore, the globalized structuring of international taxation cannot ignore the gene­ral principles upon which it will be based, either as direct sources in matters of international tax law, or as a sub-discipline within tax law proper. Indeed, the national structuring of international tax law cannot be carried out just by taking into consideration the legislative results of globalization, but also by never losing sight of the principles that lead to general international law tax matters. Even though globaliza­tion as a process begins to play a greater role in tax law issues, the country’s national examination of international tax law cannot divert from the general basis of this tax law sub-discipline.


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