En este artículo Iñaki Alonso analiza la competencia de inspección ante una rectificación de domicilio fiscal en un supuesto que dio origen a una Resolución de la Junta Arbitral al haberse iniciado las actuaciones de comprobación e investigación por parte de la AEAT al entender que el domicilio social declarado no estaba correctamente establecido, aun cuando no se hubiera acordado todavía la rectificación del domicilio fiscal.
Analiza anteriores resoluciones del Tribunal Supremo y de la Junta Arbitral a la espera de que la Sala Tercera del Tribunal Supremo determine en el recurso que se ha interpuesto por la Administración General del Estado contra la Resolución de la Junta Arbitral.
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