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Principales aspectos de la reforma del sistema marcario español como consecuencia de la transposición de la Directiva (UE) 2015/2436 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2015, relativa a la aproximación de los Estados miembros en materia de marcas

  • Autores: Mónica Esteve Sanz
  • Localización: La Ley mercantil, ISSN-e 2341-4537, Nº. 55 (febrero), 2019, pág. 4
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • español

      El pasado 27 de diciembre se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto-ley 23/2018, de 21 de diciembre por el que se modifica, entre otras, la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas. Esta modificación, que trae causa de la necesidad de transponer la Directiva (UE) 2015/2436 de 16 de diciembre de 2015, relativa a la aproximación de la legislación de los Estados miembros en materia de marcas, ha supuesto importantes cambios en nuestro sistema marcario. Entre los mismos cabe destacar la modificación del concepto de marca, la atribución a la Oficina Española de Patentes y Marcas de la competencia directa para conocer de las solicitudes de nulidad y caducidad de marcas (si bien se mantiene la posibilidad de plantear acciones de nulidad y caducidad por vía reconvencional ante la jurisdicción civil en el marco de un procedimiento de violación de marca), la posibilidad por el solicitante de una marca de exigir al oponente que aporte la prueba de uso de la marca anterior en que se funda la oposición, la posibilidad por el titular de una marca posterior objeto de una acción de nulidad de solicitar la prueba de uso de la marca anterior durante un doble periodo (el de los cinco años anteriores a la fecha en que se ejercita la acción de nulidad, y el de los cinco años anteriores a la fecha en que se solicitó la marca posterior), o la atribución de nuevas facultades al titular de la marca que le permitirán luchar más eficazmente contra las infracciones. La entrada en vigor de la reforma se produjo el pasado 14 de enero, excepto por lo que se refiere a dos grupos de disposiciones: las relativas a la aportación de la prueba de uso de la marca oponente a instancia del solicitante en el marco de un procedimiento de oposición -cuya fecha de entrada en vigor se corresponderá con la de su desarrollo reglamentario, que se producirá con la aprobación del Real Decreto de modificación del Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de Marcas, actualmente en fase de proyecto-, y las relativas al conocimiento por la Oficina Española de Patentes y marcas de las solicitudes de nulidad y caducidad de marca, cuya fecha de entrada en vigor será el 14 de enero de 2023.

    • English

      On 27 December 2018 the Spanish Official Bulletin published Royal Decree-law 23/2018 of 21 December amending, amongst other rules, Act 17/2001 of 7 December, on Trademarks. This amendment arises from the need to implement Directive (EU) 2015/2436 of 16 December 2015, on the approximation of the laws of member States on trademarks, and it has implied important changes in our legal system. Amongst this changes we could highlight the modification of the concept of trademark, the attribution to the Spanish Trademarks and Patents Office of the direct competence to hear about trademark invalidity and cancellation requests (although the possibility to bring invalidity and cancellation actions before the civil jurisdiction as a counterclaim in the framework of infringement proceedings is maintained), the possibility for the applicant of a trademark to request the opponent the filing of proof of use of the prior trademark basis of the opposition, the possibility for the owner of a latter trademark subject to an invalidity action to request proof of use of the prior trademark during a double period (five years before the date in which the invalidity action is brought and five years before the date in which the latter trademark was applied for), or the granting of new faculties to the trademark owner that will permit to better combat counterfeits. The entry into force of the reform took place on 14 January last, except for two groups of provisions: those relating to the filing of proof of use of the opposing trademark at the applicant’s request in the framework of opposition proceedings –which date of entry into force will correspond with that of the approval of Royal Decree amending the Regulation for the execution of Act 17/2001, on Trademarks, still in draft form-, and those relating to the hearing by the Spanish Patents and Trademarks Office of trademark invalidity and cancellation requests, which entry into force will take place on 14 January 2023


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