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Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas: Exención por reinversión en vivienda habitual. Inicio del cómputo del plazo de 3 años de residencia continuada para que la vivienda pueda ser calificada de habitual

  • Autores: Bernardo Vidal Martí
  • Localización: Carta tributaria. Revista de opinión, ISSN 2443-9843, Nº. 47, 2019
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • En la aplicación de la exención por reinversión en vivienda habitual en el IRPF, el plazo de 3 años de residencia continuada necesario para que la vivienda trasmitida tenga la consideración de habitual debe computarse a partir del momento de la adquisición del dominio, sin que pueda computarse el tiempo de residencia anterior a la adquisición


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