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Resumen de Extinción de arrendamientos de local anteriores a la ley de 1994 por jubilación

José Ignacio Esquivias Jaramillo

  • Hay una nueva causa de extinción aplicable a los arrendamientos anteriores a la entrada en vigor de la ley de 1994 (que lo fue el 1 de enero de 1995). Por tanto, parece ser retroactiva en cuanto a que afecta a contratos anteriores, pero no a las jubilaciones anteriores a la entrada en vigor de la nueva ley.

    Cuando concurre en uno solo la causa de jubilación como causa de extinción del contrato arrendaticio, esa solidaridad impide la extinción porque afecta al otro que se ha jubilado antes de la entrada en vigor de la ley.

    La teoría del acta nata nos indica que el plazo de prescripción se inicia cuando se tiene conocimiento del hecho causal o determinante.


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