Ayuda
Ir al contenido

Dialnet


La determinación de las sanciones administrativas. Normas establecidas en la ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y en la ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público

    1. [1] Universidad de Alcalá

      Universidad de Alcalá

      Alcalá de Henares, España

  • Localización: Revista española de derecho administrativo, ISSN 0210-8461, Nº 195, 2018, págs. 101-129
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • español

      RESUMEN:La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP),y la Ley 39/2015,de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Comúnde las Administraciones Públicas (LPACAP),han recogido diversas normas para la individualización de la sanción aplicable a una concreta infracción administrativa. Las disposiciones aludidas se encuentran dispersas en la LRJSPy en la LPACAP,y cada una de estas leyes las contempla desde una diferente perspectiva material y procedimental, respectivamente. No obstante,puesto que todas estas disposiciones inciden enla individualización de la sanción aplicable a una determinadainfracción, deben ser objeto de una visión conjunta. Las normas establecidas por la LRJSPy la LPACAPpara la concreción de las sanciones se encuentran,en su práctica totalidad, desprovistas de las necesariasdisposiciones complementarias, de modo que su utilidad práctica queda muy reducida en algunos casos. Añadidamente,la falta de pautas jurídicas que orientenal órgano sancionador competente en la aplicación de las disposiciones referidas, otorga a éste un elevado gradode discrecionalidad en su tarea de individualiza ciónde la sanción, sin perjuicio del margen de apreciaciónnecesariopara adecuar la sanción resultante a las circunstancias del caso concreto.

    • English

      Law 40/2015 of 1 October, on the Public Sector Legal Regime (LPSLR), and Law 39/2015 of 1 October on the Common Administrative Procedure for Public Administrations (LCAPPA) contain various regulations for personalisation of the penalties applicable to specific administrative infractions. These provisions are contained in the LPSLR and the LCAPPA, and each of these laws considers them from a different material and procedural perspective respectively. However, since all these provisions affect the personalisation of the penalties applicable to specific offences, they must be subject to an overall perspective. The regulations established by the LPSLRand the LCAPPAfor specifying the penalties are almost entireIy devoid of the necessary complementary provisions, meaning that their practical utility is very limited in some cases. Furthermore, the lack of legal guidelines to guide the competent sanctioning bodies when applying these provisions gives these bodies a high degree of discretion when personalising penalties, without prejudice to the measure of discretion necessary to adapt the resulting penalty to the circumstances of the specific case.


Fundación Dialnet

Dialnet Plus

  • Más información sobre Dialnet Plus

Opciones de compartir

Opciones de entorno