El TS, tras admitir excepcionalmente la revisión de la valoración del tribunal a quo, no recurrida en su momento, sobre cuál era el régimen más favorable por cambio normativo en un supuesto de acumulación de condenas, analiza los pasos a seguir en la operación, concluyendo que no solo se debe comparar las penas aisladamente consideradas conforme a los tipos aplicados de la parte especial, sino todas las normas aplicables, incluidas las de la parte general y las de ejecución que afecten al cumplimiento efectivo de la condena. Al hilo de la posición del Alto Tribunal en este supuesto, planteo al final la problemática de la sucesión de normas en materia de ejecución, que tantos problemas está generando en la práctica en materia de libertad condicional.
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