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El reconocimiento de pensión de jubilación a empleados marroquíes con autorización de trabajo transfronteriza

  • Autores: Fernando Jimeno Jiménez
  • Localización: e-Revista Internacional de la Protección Social (e-RIPS), ISSN-e 2445-3269, Vol. 3, Nº. 2, 2018, págs. 14-25
  • Idioma: español
  • Títulos paralelos:
    • The resolution of retirement pension to moroccan workers with cross-border authorization
  • Enlaces
  • Resumen
    • español

      En este documento se analiza el procedimiento de reconocimiento de la pensión de jubilación de los empleados marroquíes con autorización de trabajo transfronteriza en Ceuta y Melilla, respecto de las provincias limítrofes de Tetuán y Nador, respectivamente. El marco de referencia es el Convenio de Seguridad Social celebrado entre España y Marruecos en 1979.

      Dado que el trabajador transfronterizo no obtiene autorización de residencia, una vez reconocida la pensión de jubilación, se producen singularidades en materia tributaria y en el acceso a complementos que garanticen una pensión mínima.

    • English

      This document analyzes the procedure for the recognition of the retirement pension of Moroccan employees with cross-border work authorization in Ceuta and Melilla, with respect to the provinces bordering Tetuán and Nador, respectively.

      Since the cross-border worker does not obtain a residence permit, once the retirement pension is recognized, there are singularities in tax matters and access to complements that guarantee a minimum pension.


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