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Aplicación de la regla de competencia internacional establecida en el art. 7, punto 1, letra a), del Reglamento Bruselas I a una acción pauliana: TJ, Sala Segunda, S 4 Oct. 2018. Asunto C-337/17: Feniks

  • Autores: Camelia Toader
  • Localización: La Ley Unión Europea, ISSN-e 2255-551X, número 65, 2018
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • La regla de competencia internacional establecida en el art. 7, punto 1, letra a), del Reglamento (UE) n.o 1215/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2012, relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil, es aplicable a una acción pauliana mediante la cual el titular de un derecho de crédito nacido de un contrato solicita que se declare ineficaz frente a él el acto, supuestamente lesivo para sus derechos, por el que su deudor transmite un bien a un tercero


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