El reconocimiento de la posibilidad de reclamación indemnización por daños en el ámbito de las relaciones de familia constituye, tal y como se ha señalado tanto por la doctrina como por la sentencia que es ahora objeto de comentario, una de las cuestiones de mayor interés y actualidad del Derecho de Familia, habiendo propiciado un vivo e interesante debate doctrinal que ha tenido reflejo durante más de una década en la jurisprudencia de las Audiencias Provinciales. No obstante, la Sala Primera del Tribunal Supremo no había fijado su criterio jurisprudencial, en relación al concreto supuesto de reclamación indemnizatoria por ocultación de la verdadera filiación, hasta la reciente STS de Pleno 629/2018, de 19 de septiembre, de la que ha sido Ponente el Excmo. Sr. Seijas Quintana, y a la que dedicamos en el presente comentario.
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