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Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas: La prestación por maternidad. Su consideración como renta exenta por el Tribunal Supremo

  • Autores: Bernardo Vidal Martí
  • Localización: Carta tributaria. Revista de opinión, ISSN 2443-9843, Nº. 45, 2018
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • En esta sentencia el Tribunal Supremo fija como doctrina legal que la prestación contributiva de la Seguridad Social, que sustituye a los salarios dejados de percibir durante el periodo de baja maternal, está exenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, por aplicación del artículo 7.h) de la Ley del impuesto.El autor, por las razones que se exponen, manifiesta su disconformidad con la interpretación del precepto efectuada por el Tribunal.


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