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La presunción

  • Autores: Santiago Soldevila Fragoso
  • Localización: Actualidad administrativa, ISSN 1130-9946, Nº 11, 2018
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • La sentencia del Tribunal de Justicia de 19 de septiembre de 2018, recaída en el asunto C-438/16 P, viene a clarificar un relevante problema en materia de ayudas de Estado vinculado al carácter selectivo de la ayuda. Se trataba de delimitar el alcance de la presunción iuris tantum establecida en la sentencia del mismo Tribunal de 3 de abril de 2014, Francia/Comisión, asunto La Post, C-559/12 P, que dispensa a la Comisión de probar la realidad de una ayuda consistente en la mera existencia de una garantía ilimitada, asumida por una autoridad pública, que se establece en favor del beneficiario. También estima dentro del ámbito de la presunción, la prueba de los concretos efectos derivados de la ejecución de una ayuda El Tribunal de Justicia revocó la sentencia del Tribunal General y de forma explícita señaló que dicha presunción es aplicable a las relaciones entre el beneficiario de la ayuda con las entidades bancarias y financieras, aunque los beneficios sean eventualmente futuros, así como en las relaciones de dicho beneficiario con sus proveedores y clientes.


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