El presente ensayo tiene por objeto analizar, desde una perspectiva comparada, la técnica de reproducción humana asistida conocida como fertilización post mortem. Para este fin, se toman como referencia planteamientos judiciales esgrimidos en tres ordenamientos jurídicos con realidades y legislaciones bien diferentes: el argentino, el francés y el de Gran Bretaña. A estos también se debe sumar el español. Estas sentencias constituyen herramientas de análisis hábiles para revisar, desde una mirada crítica, la interpretación judicial ante el fallecimiento en el marco del uso de las técnicas de reproducción humana asistida y, a la vez, considerar cuáles serían los cimientos para la construcción de una legislación al respecto acorde con los derechos e intereses en juego. Se pretende indagar acerca de la ancestral tensión entre autonomía de la voluntad y orden público, cuando el derecho humano a gozar de los beneficios del progreso científico atraviesa este debate.
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