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Causa de indignidad para suceder de padre que no atiende a sus obligaciones alimenticias respecto de su hijo

  • Autores: Casto Páramo y de Santiago
  • Localización: CEFLegal: Revista práctica de derecho. Comentarios y casos prácticos, ISSN-e 2697-2239, ISSN 2697-1631, Nº. 209, 2018
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • La falta de atención y abandono respecto de los hijos menores por parte del progenitor paterno, descuidando tanto la asistencia personal como la patrimonial, dejando de contribuir a los alimentos a los que se halla obligado por resolución judicial, podría determinar tras la incoación del correspondiente juicio ordinario a la privación de la patria potestad, sin embargo, fallecido el hijo, la decisión sobre esa cuestión carece de trascendencia. No obstante, la desatención y abandono puede tener consecuencias para el progenitor paterno pues puede ser privado del derecho a suceder al hijo fallecido por causa de indignidad para suceder con fundamento en la falta de prestación de alimentos al hijo causante.


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