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La transparencia en el nuevo Reglamento General de Protección de Datos

    1. [1] Real Academia de Doctores de España, España
  • Localización: Anales de la Real Academia de Doctores de España, ISSN 1138-2414, Vol. 3, Nº 1, 2018, págs. 64-79
  • Idioma: español
  • Títulos paralelos:
    • Transparency in the new General Data Protection Regulation
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • español

      La globalización y la vertiginosa evolución tecnológica abren nuevos retos para la protección de los datos personales. En un mundo digital, la transparencia pública es necesaria en aras de una “buena administración”, pero ello no debe implicar automáticamente la disminución de las garantías de los ciudadanos en la esfera privada.

      La Sociedad de la Información exige un continuo intercambio de información entre los Estados, lo que puede dañar la privacidad de las personas. La Unión Europea ha asumido esta responsabilidad a través del Reglamento General de Protección de Datos, el cual contempla, por un lado, y como nuevo principio, la transparencia, con el fin de facilitar la comprensión de las políticas de privacidad e informar adecuadamente sobre el tratamiento de los datos; por otro, incluye entre los derechos del interesado, como si se tratara de un valor máximo, la transparencia de la información que favorecerá la toma de decisiones del ciudadano, sin olvidar, en este último caso, los riesgos que ello pueda suponer para los derechos fundamentales de la persona.

      Seguimos inmersos en la lucha por inculcar una “cultura de protección de datos en Europa” y conseguir el ansiado equilibrio entre protección de datos y derecho de acceso a la información pública.

    • English

      Globalization and the rapid technological evolution open new challenges for the protection of personal data. In a digital world, public transparency is necessary for the sake of "good administration", but this should not automatically imply a reduction in the guarantees of citizens in the private sphere.

      The Information Society requires a continuous exchange of information between States, which can damage the privacy of people. The European Union has assumed this responsibility through the General Data Protection Regulation, which contemplates, on the one hand, and as a new principle, transparency, in order to facilitate the understanding of privacy policies and adequately inform about the treatment of the data; on the other hand, it includes among the rights of the interested party, as if it were a maximum value, the transparency of the information that will favor the citizen's decision making, without forgetting, in the latter case, the risks that this may entail for the rights fundamentals of the person.

      We are still immersed in the struggle to inculcate a "culture of data protection in Europe" and achieve the long-awaited balance between data protection and the right of access to public information.


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