El objeto del presente trabajo se centra en el análisis del proceso de impugnación de acuerdos de las sociedades anónimas y cooperativas, regulado, en cuánto a sus particularidades sustantivas, en la LSA de 22 de diciembre de 1989 y en la LC, de 16 de julio de 1999, respectivamente, así como, en el ámbito procesal, en la nueva LEC 1/2000. En este sentido, tanto la LSA, en sus arts. 115 a 118, 122 y 143, como la LC, en sus preceptos 31 y 37, regalan las causas que originan el vicio de la nulidad o, en su caso, de la anulabilidad de los acuerdos, la posibilidad de sustitución o subsanación de dichos acuerdos, cuando sea posible la eliminación de la causa de impugnación, la caducidad de la acción y la legitimación. La LEC 1/2000, por su parte. regula la competencia (art. 45 y 52.1.10.»), la acumulación de acciones (art 73.2.0), el procedimiento (»juicio ordinario», ex. arts. 399 a 436), los efectos de la sentencia (art. 222.3 III), las costas (arts. 394 a 398) y las medidas cautelares (art.727.5.» y 10.»)
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