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Aplicación del derecho de la unión europea por el tribunal de justicia de la unión europea para resolver la cuestión prejudicial sobre la interpretación del artículo 7, apartado 2, primer guión, de la directiva 86/653/ cee del consejo, de 18 de diciembre de 1986

  • Autores: Paloma Morales Villanueva
  • Localización: Revista Lex Mercatoria, ISSN-e 2445-0936, Nº. 9, 2018, págs. 45-49
  • Idioma: español
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  • Resumen
    • Litigio principal versa sobre el derecho a la comisión debida que reclama el Agente comercial, Paul Chevassus-Marche, parte demandante y recurrente en primera instancia, apelación y casación, al Principal o Empresario, Sociedad Groupe Danone, y sus filiales, Societé Kro beer brands SA (BKSA) y Societé Évian eaux minérales d´Evian SA (SAEME), todas ellas conjuntamente, como parte demandada y recurrida, tras la resolución del Contrato de Agencia Comercial internacional, reclamando el Agente las comisiones relativas a adquisiciones efectuadas por dos sociedades que pertenecían al sector geográfico coincidente con el pactado con el Principal o Empresario, sin el control del Empresario, es decir de Groupe Danone o sus filiales y sin intervención del Agente en las mismas y el consiguiente planteamiento de cuestión prejudicial sobre la interpretación del artículo 7, apartado 2, primer guión de la Directiva 86/653/CEEE del Consejo, de 18 de diciembre de 1986, relativa a la coordinación de los derechos de los Estados miembros en lo referente a los agentes comerciales independientes, sobre el derecho a la comisión.

      APLICACIÓN DEL DERECHO DE LA UNIÓN EUROPEA POR EL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA PARA RESOLVER LA CUESTIÓN PREJUDICIAL SOBRE LA INTERPRETACIÓN DEL ARTÍCULO 7, APARTADO 2, PRIMER GUIÓN, DE LA DIRECTIVA 86/653/ CEE DEL CONSEJO, DE 18 DE DICIEMBRE DE 1986


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