Los instrumentos internacionales en materia de sustracción ilícita de menores no ofrecen respuestas satisfactorias a las situaciones motivadas por la violencia de género, lo que pone de relieve el fracaso de los mecanismos articulados para ello. En estos momentos, se está revisando en la UE el Texto de Refundición del Reglamento (CE) número 2201/2003, donde se presta una especial atención a la cuestión de la sustracción de menores por uno de sus progenitores. Por otra parte, a pesar de la profusión de normativas y medidas existentes para la lucha contra la violencia de género y la adhesión de la Unión al Convenio de Estambul para prevenir y combatir la violencia contra las mujeres y la violencia de género, no se está llevando a cabo a cabo la implementación ansiada en los instrumentos internacionales concernientes a la sustracción internacional de menores. Particularmente, en situaciones intraeuropeas, analizaremos el “retorno seguro” de las y los menores sustraídos expuestos a un grave riesgo en contextos de violencia de género/doméstica, regla general impuesta en el actual art. 11.4 del Reglamento Bruselas II bis. En este trabajo se propondrá soluciones para una restitución con medidas de seguridad a la luz del ordenamiento jurídico español, teniendo presente la existencia de instrumentos europeos de reconocimiento mutuo de resoluciones penales en la Unión Europea, entre los que se encuentra la Orden Europea de Protección
International instruments with regards to international child abduction do not present satisfactory answers to the gender based violence situations. This highlights the failure of its mechanisms. The Recasting Text of the Regulation (CE) 2201/2003 is being currently revised in the EU, and a special attention is drawn to the issues related to child abduction by one of the parents. Moreover, despite the myriad of rules and measures existing in the fieldof fightagainst gender based violence and despite the adhesion of the EU to the Istanbul Convention to prevent and fightviolence against women, the imple-mentation coveted for in the international instruments on international child abduction is not achieved. We will analyze, particularly in the intra-European situations, the “safe return” of children exposed to high risks in contexts of domestic violence/Gender based violence (GBV), as a general rule established by the current article 11.4 of the Brussels II Bis Regulation. In this paper, we will propose solutions to a return accompanied by security measures in light of the Spanish Legal system, taking into account the existence of European instruments of mutual recognition of penal decisions in the EU such as the European Protection Order.
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