Este trabajo aborda el estatuto jurídico de los testigos exentos de concurrir y de declarar o de concurrir, pero no de declarar, de los arts. 411 a 415 y 702 y 703 LECrim. Este tema, al que la doctrina y la jurisprudencia no le han prestado demasiada atención a pesar de que se contempla en la LECrim. desde sus orígenes y de su deficiente regulación, ha cobrado protagonismo a raíz de la comparecencia como testigo de D. Mariano Rajoy Brey, Presidente del Gobierno, en la Audiencia Nacional por el “caso Gürtel”. Tomando este hecho como hilo conductor de este trabajo, en el mismo se analiza la regulación de estos privilegios procesales, proponiendo reformas a la luz de los proyectos non natos de LECrim. de 2011 y 2013 y de algunas regulaciones de otros países de nuestro entorno.
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