El Abogado General Bot ha propuesto el 4 de julio de 2018 al Tribunal de Justicia que declare que el Reglamento «Bruselas I bis» no es aplicable para determinar qué órgano jurisdiccional de un Estado miembro es competente para conocer de las demandas entabladas contra el Estado griego por un particular que posee títulos de deuda pública griegos, a raíz de su conversión obligatoria en unas condiciones y circunstancias excepcionales.
En efecto, no se trata de un litigio «en materia civil o mercantil» en el sentido de dicho Reglamento.
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