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Resumen de Norma de calidad para la carne, el jamón, la paleta y la caña de lomo ibérico: Requisitos de utilización de la denominación "de cebo": TJ, Sala Primera, S 14 Jun. 2018. Asunto C-169/17: Asociación Nacional de Productores de Ganado Porcino

Sinisa Rodin

  • El art. 34 TFUE no se opone a una normativa nacional que establece que la denominación de venta «ibérico de cebo» solo puede atribuirse a los productos que cumplen determinados requisitos exigidos por dicha normativa nacional, ya que esta permite la importación y comercialización de productos de Estados miembros distintos del que ha adoptado dicha normativa nacional, con las denominaciones que lleven con arreglo a la normativa de su respectivo Estado miembro de origen, aun cuando sean parecidas, similares o idénticas a las denominaciones establecidas por la normativa nacional controvertida.


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