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Posibilidad de hacer constar la parte alícuota del cónyuge supérstite en el certificado sucesorio europeo: TJ, Sala Segunda, S 1 Mar. 2018. Asunto C-558/16: Mahnkopf

  • Autores: Camelia Toader
  • Localización: La Ley Unión Europea, ISSN-e 2255-551X, número 61, 2018
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • El art. 1, apartado 1, del Reglamento no 650/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de julio de 2012, relativo a la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de las resoluciones, a la aceptación y la ejecución de los documentos públicos en materia de sucesiones mortis causa y a la creación de un certificado sucesorio europeo, debe interpretarse en el sentido de que está comprendido en el ámbito de aplicación de dicho Reglamento un precepto de Derecho nacional, como el controvertido en el litigio principal, que establece, para el caso de fallecimiento de uno de los cónyuges, el reparto a tanto alzado de las ganancias mediante un incremento de la parte alícuota d e l a herencia del cónyuge supérstite.


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