La nueva población de Santa Amalia surge a raíz del Real Decreto de 31 de marzo de 1827, promulgado por Fernando VII, a petición de un grupo de labradores de Don Benito, encabezado por Antonio López, Faustino Fernández Gil y Antonio Almaraz que, ante la falta de tierras labrantías que padecían, solicitaron al monarca el establecimiento de dicha población en unos baldíos comuneros pertenecientes al condado de Medellín.
La fundación de Santa Amalia, muy relacionada con las políticas ilustradas de finales del siglo XVIII en lo referente a la colonización interior y con la lucha por la tierra desatada en ese mundo rural, estuvo precedida de una fuerte oposición por parte de las localidades que venían disfrutando esos baldíos.
Con su fundación se cumplía el sueño de un centenar de individuos procedentes, en su mayoría, de los sectores más desfavorecidos de la sociedad, de acceder a la propiedad de la tierra. Sin embargo, pasados unos años, en la década de los años cincuenta del siglo XIX, un reducido número de propietarios acomodados y hacendados, principalmente de Don Benito, conseguían hacerse con la mayor parte de las suertes repartidas a los primeros pobladores de Santa Amalia. Los beneficiarios iniciales de aquellas pequeñas propiedades, en muchos casos, fueron incapaces de mantenerlas en cultivo, se endeudaron, y terminaron vendiéndolas, dando comienzo así un proceso de transferencia de la propiedad que culminó con una notable concentración de la propiedad de la tierra. Y no sólo eso, puesto que después de la puesta en marcha de la Ley de 1º de mayo de 1855, conocida como desamortización de Madoz, los vecinos de Santa Amalia veían cómo varias dehesas, pertenecientes al patrimonio municipal, pasaban a manos de la oligarquía agraria, acentuando, aún más, la concentración de la tierra y, como resultado, una estructura agraria muy desequilibrada. Finalmente, lo que surgió como una población con escasas diferencias sociales en su seno, terminó, como venía siendo costumbre, en una sociedad con grandes desigualdades en el reparto de la propiedad de la tierra.
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