El autor realiza un abordaje del tipo mixto alternativo que castiga a quienes trafican con órganos (promuevan, favorezcan, faciliten o publiciten) y también tipifica la conducta del receptor del órgano que consiente el trasplante conociendo el origen ilícito. Centra su atención en la aplicación al caso del estado de necesidad y la solución jurisprudencial hasta ahora excluyente de dicho beneficio, sin dejar de valorar las cuestiones sociales de incidencia.
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