En México ha ido evolucionando el tema de la participación femenina en los procesos electorales desde la regulación de las cuotas hasta llegar al establecimiento constitucional y legal de la paridad de género como un deber para los actores electorales. La causa que lo ha motivado se apoya principalmente en razones de tipo político y social y dista mucho de tener una justificación que lo relacione con la esencia del principio democrático de igualdad. Por ello, en este trabajo sostengo que, independientemente de que cumpla con su objetivo político, social o electoral de distribuir de forma igual las candidaturas y los cargos públicos, la paridad contrasta e incluso contradice conceptualmente a la igualdad democrática.
In Mexico, the issue of female participation in electoral processes has evolved from the regulation of quotas to the constitutional and legal establishment of gender parity as a duty for electoral actors. The cause that motivated it is based mainly on political and social reasons and is far from having a justification that relates it to the essence of the democratic principle of equality. Therefore, in this paper I argue that, regardless of whether it fulfills its political, social or electoral objective of equally distributing candidacies and public offices, parity contrasts and even contradicts conceptually democratic equality
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