El presente trabajo pretende analizar el problema de la tutela multinivel de los derechos fundamentales en el ordenamiento jurídico italiano. No obstante la Constitución italiana, desde su entrada en vigor en 1948, estableció, sobre todo a través de los artículos 10 y 11, un trato absolutamente preferencial para cualquier forma de integración internacional, aunque la relación entre las fuentes estatales y las europeas sigue siendo conflictiva.
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