En los últimos meses la Dirección General de los Registros y del Notariado parece corregirse a sí misma en relación con la aplicación de la sanción de cancelación de oficio por falta de adaptación a la Ley de Sociedades Profesionales. Sobre esta base se hacen propuestas más radicales en el sentido de cuestionar la forma en que se aplican los principios registrales en el ámbito del Registro Mercantil.
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