Sevilla, España
El mercado de bienes y servicios digitales ha alcanzado en los últimos años un protagonismo esencial en el tráfico jurídico. Ello contrasta, sin embargo, con una ausencia de regulación de los aspectos fundamentales de los negocios cuyo objeto son los bienes de esta naturaleza. Por esta razón, en 2015 se presentó la Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a determinados aspectos de los contratos de suministro de contenidos digitales, con la que se pretende, esencialmente, unificar el tratamiento jurídico de los aspectos fundamentales de estos contratos en toda la Unión Europea. Una de las principales novedades que presenta la Propuesta es la de considerar la cesión de datos personales del consumidor como la contraprestación que éste asume a cambio de los contenidos digitales, lo que permite proporcionarle la misma protección que recibe en los casos en los que paga un precio en dinero. En este trabajo ponemos de manifiesto algunos de los posibles problemas que puede presentar esta decisión y que afectan a la propia reglamentación contractual y a la adecuación de la misma a la normativa de protección de datos.
The market for digital goods and services has been achieved in recent years an essential role in the legal traffic. However, this contrasts with a lack of regulation of the fundamental aspects of these business. For this reason, in 2015 was presented the Proposal for a Directive of the European Parliament and of the Council on certain aspects concerning contracts for the supply of digital content, which is intended to unify the legal treatment of the fundamental aspects of these contracts in the European. One of the main novelties presented in the proposal is to consider the transfer of personal data as the consideration that consumer assumes in exchange of digital content, so that these contracts which enables to provide consumers with the same protection that receive when they pay a price in money. In this paper we highlight some of the possible problems that may arise from this decision and that affect the very contractual regulations and the adequacy of these regulations to data protection legislation.
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