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Derecho contractual bancario

  • Autores: Juan José Zandrino
  • Localización: Anales (Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales. Universidad Nacional de La Plata), ISSN-e 2591-6386, Nº. 46, 2016, págs. 204-220
  • Idioma: español
  • Títulos paralelos:
    • Bank’s contracts law
  • Enlaces
  • Resumen
    • español

      Sancionado el Código Civil y Comercial de la Nación (ley 26.994) se analizaron los distintos aspectos que integran tradicionalmente la materia mercantil (intermediación, sociedades, seguros, bancos, mercados de valores, etcétera). Cuando se revisó específicamente el derecho financiero se observó: a) el Código y Civil y Comercial le dedica una regulación específica a los contratos bancarios (Cap. 12, Tít., IV, Libro Tercero); b) distintas normativas produjeron una situación a la que se ha denominada “bancarización”, por la cual la mayoría de la población activa del país pasó a tener vinculación directa y diaria con los bancos; c) en las últimas décadas se produjeron alternativas económicas, sociales y tecnológicas que originaron nuevas y complejas relaciones jurídicas; d) en nuestro país existen demandas financieras insatisfechas (inversiones para proyectos y vivienda entre otras). Esas circunstancias nos llevaron al convencimiento de que el tratamiento de los contratos bancarios, tal como se realiza en la actualidad, sólo como un capítulo más de la materia Derecho Comercial no resulta suficiente para su conocimiento integral por parte de los futuros egresados. Estos temas deben ser el contenido de una materia específica.

    • English

      Newly approved National Civil and Commercial Code (law 26.994) were analyzed the traditional effects over the Commerce Subject (agencies, corporations, insurance, banks, stock market, etc.). When in particular the financial law review was done was observed that: a) the Civil and Commercial Law regulate specifically the bank’s contracts (Cap. 12, Tit., IV, Third Book; b) different new standards named “bankerization” had created a situation for the majority population to be active directly and daily with the banks; c) in the last decades the economic, social and technological developments gave origin to new and complex judicial relations; d) in our country there are unresolved unsatisfied financial demands (as investments for projects, housing and others). The above situation is convincing that the actual treatment of bank’s contracts as one chapter of the Commercial Law is not enough for the integral knowledge of future graduates. All of the above should be covered in a new specific course.


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