Ayuda
Ir al contenido

Dialnet


Una nueva "vuelta de tuerca" al tratamiento del fondo de comercio financiero en el IS tras la Sentencia del TJUE de 21 de diciembre de 2016 (Ass. C-20/15 y C-21/15)

  • Autores: Juan Calvo Vérgez
  • Localización: Estudios sobre Jurisprudencia Europea: materiales del I y II Encuentro anual del Centro español del European Law Institute / coord. por Albert Ruda González, Carmen Jerez Delgado, 2018, ISBN 978-84-17414-01-6, págs. 175-193
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • El presente trabajo analiza el alcance de la reciente Sentencia del TJUE de 21 de diciembre de 2016, por virtud de la cual se ha acordado anular las Sentencias de 7 de noviembre de 2014 dictadas por el Tribunal General de la Unión Europea en los Asuntos T-219/10 (Autogrill España) y T-399/11 (Santander y Santusa Holding). A través de estos dos últimos pronunciamientos, el TGUE había resuelto anular las Decisiones de la Comisión que declararon ilegales las ayudas fiscales de España a las multinacionales españolas en el ámbito del impuesto sobre Sociedades por comprar empresas extranjeras, al considerar que el Ejecutivo comunitario no demostró el carácter selectivo de este régimen. El TGUE adoptó una nueva perspectiva de interpretación en relación con el alcance de los elementos integrantes del requisito de la selectividad, procediendo a analizar la distinción entre normas generales y selectivas desde un punto de vista distinto al adoptado por la Comisión Europea. En opinión del TGUE el régimen español no excluía de sus ventajas ninguna categoría de empresas, al no dirigirse a ninguna categoría particular de empresas o de producciones, sino a una categoría de operaciones económicas, no excluyendo, por tanto, de sus ventajas en principio a ninguna entidad. De este modo, las empresas españolas beneficiarias no habrían de devolver las ayudas recibidas mediante la aplicación de este régimen.

      Pues bien, la reciente Sentencia del TJUE de 21 de diciembre de 2016 ha resuelto que el TGUE incurrió en un error de derecho al anular las decisiones controvertidas de la Comisión dando por bueno un régimen fiscal incompatible con el mercado interior. A resultas de lo anterior han quedado restauradas las Decisiones de la Comisión de 28 de octubre de 2009 (relativa a las adquisiciones de participaciones fuera de la Unión), activándose además de nuevo la obligación del Estado español de recuperar todas las ayudas concedidas bajo esta medida y proyectándose la obligación de instar la devolución sobre el conjunto de casos analizados. El asunto ha sido reenviado nuevamente al TGUE para que este último tribunal proceda de nuevo a su evaluación.


Fundación Dialnet

Dialnet Plus

  • Más información sobre Dialnet Plus

Opciones de compartir

Opciones de entorno