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Edificios sometidos a propiedad horizontal y arriendo turístico de pisos: tres vías de prevención y/o defensa de la Comunidad frente a una actividad potencialmente molesta

    1. [1] Universidad de Sevilla

      Universidad de Sevilla

      Sevilla, España

  • Localización: Revista Aranzadi Doctrinal, ISSN 1889-4380, Nº. 5, 2018, págs. 19-51
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • español

      El arrendamiento turístico es una actividad potencialmente molesta, por más que nuestros Tribunales se resistan a la hora de otorgarle a priori este calificativo. Varias son las formas de combatirla. Si existe una prohibición expresa en los Estatutos, la Comunidad de propietarios se limitará a hacerla valer. De lo contrario, tendrá que demostrar que la ejecución de esa actividad ha sido molesta en la práctica o que en sí misma constituyó un abuso de derecho. A esto último asistimos cuando el propietario va más allá de lo que sería una libre variación de destino que puede efectuar en ausencia de prohibición estatutaria, y convierte gran parte del edificio en un hotel, siendo así que éste sólo posee infraestructura para uso residencial. Los conflictos de intereses son inevitables cuando la Comunidad decide poner fin a la explotación turística de los pisos y los que ya la han emprendido impugnan estos acuerdos. Existen soluciones intermedias, como pactar un incremento en la participación en los gastos de los dueños de pisos turísticos, con vistas a paliar el sobrecoste que implica este arriendo, al intensificarse el uso de los elementos comunes. Pero tampoco parece que ésta erradique los perjuicios que realmente se causan a la Comunidad, que van más allá de los puramente económicos

    • English

      Tourist flats within neighborhood communities is an potentially annoying activity, even if the Courts do not consider it. Sometimes there is an express prohibition in community statutes, and the Community of owner only has to demand compliance. In other case, this is a simple change of destination that the owner can perform freely. Then, Community have two ways: must prove that it has been an annoying activity or supposed an abuse of right. That happens when owner installs a hotel in a building that does not have adequate infrastructure. Conflicts are inevitable when the Community decides to prohibit tourist flats. Although there are other solutions, such as increasing the share of maintenance cost of common elements for their owners, this does not eliminate all the damages that are caused to the Community, which are not strictly economic.


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