La Unión Europea emitió en 1991 la Directiva 91/271 sobre depuración de aguas residuales urbanas, que regula y exige que debe estar resuelta tal depuración entre los años 2000 y 2005, en función del tamaño de la población y zona de vertido, según diferentes criterios en cuanto a su nivel de exigencia. En este artículo se presentan las principales definiciones y compromisos de la Directiva aludida, así como la situación del alcantarillado y depuración de las aguas residuales en Europa, previa a la aplicación de la Directiva, la definición de zonas de vertido, tipos de tratamientos, grados de cumplimiento que se van dando según se han publicado, y previsiones en el 2005, como plazo límite que establece la Directiva. También se presenta una previsión de inversiones para realizar las infraestructuras de depuración necesarias, así como la situación en España a 31 de diciembre de 2000.
1. Introducción Con el objetivo de mejorar el medio ambiente depurando las aguas residuales urbanas, la Unión Europea (UE) se propuso regularizar y dar un impulso en dicho sentido, ya que en la década de los ochenta había países de la UE muy deficitarios en tratamiento de aguas residuales. Para ello se emitió una Directiva sobre depuración de aguas residuales en 1991: (91/271/CEE)
© 2001-2026 Fundación Dialnet · Todos los derechos reservados