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Alternativas legales para la protección de la propiedad intelectual de los programas de computadora

  • Autores: María Loecelia Guadalupe Ruvalcaba Sánchez, José Asunción Ortiz Martínez, Héctor Salvador González León
  • Localización: ConCiencia Tecnológica, ISSN-e 1405-5597, Nº. 31 (Enero-Junio ), 2006, págs. 58-61
  • Idioma: español
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  • Resumen
    • Una de las principales inquietudes de todos aquellos que nos dedicamos al desarrollo de sistemas de información es ¿cómo proteger nuestros desarrollos de piratería, plagios o robos de código fuente? Tenemos varias alternativas de protección de tipo físico, lógico o de software y legal. Es sabido por todos que el medio más efectivo de evitar la copia o distribución ilegal de nuestros programas se consigue mediante la implantación de mecanismos técnicos (físicos o de software). Sin embargo, aunque hasta hace algunos años la legislación pareciera excluir al software, esto no es así, ya que existen diversas alternativas legales para protegerlo. En nuestro país por ejemplo, la ley de derechos de autor (copyright) incluye los programas de computadora desde 1996, contamos con el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial que es el encargado de otorgar las patentes y que también lo incluye desde hace varios años, así como algunos organismos internacionales entre los que destaca la Business Software Alliance (BSA) que promueve un mundo en línea seguro y legal


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