El inusitado crecimiento de la violencia en contra de las mujeres, y la insuficiencia de las medidas, programas y políticas estatales, para contrarrestarlo, ameritan poner énfasis en el desentrañamiento del fenómeno. Por lo anterior, el propósito del presente artículo es dar a conocer la posibilidad de la posibilidad de aplicación de las excluyentes de responsabilidad, especialmente la legítima defensa y el estado de necesidad exculpante, a los casos de mujeres maltratadas que originan la muerte a sus maltratadores. Se señalarán las dificultades en el alcance de algunos de los requisitos de las mencionadas causales, respecto de los cuales se indicará su insuficiencia para responder a la hipótesis planteada.Se concluirá a partir de la necesidad de reinterpretar tales requisitos desde una óptica de género que permite reconocer la realidad de las mujeres sometidas a malos tratos constantes.
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