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El Tribunal Supremo reitera su negativa y no reconoce pensión compensatoria a las parejas de hecho

  • Autores: Tania Pose
  • Localización: Diario La Ley, ISSN 1989-6913, Nº 9226, 2018
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • Las parejas de hecho no pueden reclamar la pensión compensatoria en el procedimiento previsto para la separación o el divorcio, sino que deben acudir al procedimiento declarativo ordinario en reclamación económica por ruptura de la pareja, cuando concurran los requisitos fijados legal y jurisprudencialmente para el enriquecimiento injusto.


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