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La protección de datos de los menores de edad. Especial referencia a sus excepciones en materia sanitaria y de educación

  • Autores: Alberto Hidalgo Cerezo
  • Localización: La Ley Derecho de Familia: Revista jurídica sobre familia y menores, ISSN-e 2341-0566, Nº. 15, 2017 (Ejemplar dedicado a: Cuestiones conflictivas en materia de regímenes económicos)
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • español

      La concienciación y el desarrollo que la protección de datos de carácter personal ha experimentado en los últimos 30 años ha sido notable. Su dimensión alcanza prácticamente la mayoría de actividades que llevamos a cabo en nuestro día a día. Los menores de edad no son ajenos a la misma, y presentan determinadas especialidades, las más conocidas, en la obtención del consentimiento. Parece lógico y aconsejable que se guarde especial dedicación cuando se tratan datos personales de un menor de edad, ya que constituyen un grupo vulnerable, lo que sustenta la necesidad de dispensarles mayor protección. Sin embargo, bajo esta misma justificación, un exceso de celo de los progenitores puede llegar a operar el efecto contrario: vulnerar su derecho a la intimidad cuando hablamos de determinados datos de menores. Hasta los 11 años no parece haber dificultades en esta materia, pero a partir de los 12 años, cuando el menor comienza a tener derecho a ser oído, se plantean casuísticas conflictivas, ya que puede producirse una colisión entre diversos bienes jurídicos dignos de protección. En tales situaciones, se exige una ponderación equilibrada de los bienes protegidos y sacrificados, lo que puede resultar una misión harto compleja. En este trabajo hemos dedicado la primera parte a sentar los conceptos y fundamentos de la protección de datos de carácter personal en general. Con esta base, se abordan a continuación las peculiaridades que se presentan cuando los afectados son menores de edad. Finalmente, se dedica la mayoría de este trabajo al análisis de dos concretos campos en los que la protección de datos presenta una interesante maleabilidad: los datos relativos a la salud y los datos académicos de los menores.

    • English

      The awareness and development that the protection of personal data has experienced in the last 30 years has been remarkable. Its deploys effects to the majority of activities that of our daily lives. Minors are no exception, and they are subjected to certain specialties, mostly related to a proper obtaining of informed consent. It’s convenient that a special regard is kept when dealing with personal data of minors, since they constitute a vulnerable group, which motivates the necessity of providing them a stronger protection. However, these very same motives, an excess of zeal from the parents could cause the opposite effect: to violate their right to privacy when we refer to certain minors´ data. Up to the age of 11, no particular difficulties have been found in this matter. However, from the age of 12 and on, minors begin to hold the right to be heard. As a result, some conflicting cases might show up, as there’s the existing possibility of collision of different civil rights worthy of protection. In such situations, a balanced interpretation of protected and overwhelmed goods is required. That may come up as a really complex task. In this work we have dedicated the first part to point out the concepts and foundations of personal data protection in general. With that basis, we will approach to the peculiarities that arise when we refer to minor’s personal data. Finally, most of this work is devoted to the analysis of two specific fields in which data protection presents an interesting bendiness: health and academic data of minors.


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