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Entrada en domicilio en el procedimiento contencioso-administrativo: comentario a la STS de 23 de noviembre de 2017

  • Autores: Javier Fernández-Corredor Sánchez-Diezma
  • Localización: CEFLegal: Revista práctica de derecho. Comentarios y casos prácticos, ISSN-e 2697-2239, ISSN 2697-1631, Nº. 206, 2018, págs. 159-164
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • En esta interesante Sentencia el Tribunal Supremo proclama que no resulta acorde con la debida protección jurídica de los derechos e intereses de los menores de edad, el que un juzgado de lo contencioso-administrativo autorice la entrada en un domicilio en el que residen dichos menores a fin de desalojar a todos los ocupantes que la habitan de manera ilegal, sin que se efectúe el preceptivo juicio de proporcionalidad sobre esos derechos e intereses. En este sentido se trae a colación la doctrina que al respecto tiene el TEDH en la que se declara que cualquier persona en riesgo de sufrir la pérdida del hogar familiar debe tener la garantía de que la medida sea proporcionada y razonable.

      Precisamente el Tribunal Supremo observa una ausencia de proporcionalidad y razonabilidad que, en el caso, debió haber sido valorada atendiendo a todos los factores involucrados de carácter social y personal, en la medida que resulta exigible que el juez de lo contencioso-administrativo pondere la situación personal, social y familiar particular de los menores de edad que pueden verse afectados por la ejecución de la orden de desalojo.


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