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Control constitucional del modelo de comunicación política (el nuevo procedimiento especial sancionador y el juicio de inconformidad)

  • Autores: Abraham Giovanni Hernández González
  • Localización: Apuntes Electorales: revista del instituto electoral del estado de méxico, ISSN-e 2448-8585, ISSN 1665-0921, Vol. 15, Nº. 54, 2016 (Ejemplar dedicado a: Apuntes Electorales Nueva Época Año XV núm. 54 (enero-junio 2016)), págs. 91-117
  • Idioma: español
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  • Resumen
    • Con la reforma constitucional realizada en 2014 se estipuló el control judicial del modelo de comunicación política hecho en 2007, implementando un sistema dual de solución de procedimientos especiales sancionadores y las tres nuevas causales de nulidad de las elecciones, entre las cuales está la adquisición o compra de tiempos en radio y televisión. Sin embargo, la reforma a las leyes electorales no impactó en la ley procesal, por lo que no se lograron vincular las causales de nulidad con las sentencias del procedimiento especial sancionador ni con la tramitación ni la resolución de los juicios de inconformidad. Luego, es necesaria una armonización procesal de la tutela judicial de la comunicación política.


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