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Resumen de Cuestiones sobre el daño desproporcionado en el ámbito de la responsabilidad patrimonial sanitaria en la jurisprudencia

David Muñoz Pérez, Carmen Ojeda Cubero

  • La doctrina del daño desproporcionado o «resultado clamoroso» significa que el resultado dañoso excede de lo previsible y de lo normal, es decir, no guarda relación o proporción atendiendo a la entidad de la intervención médica; implica un efecto dañoso inasumible, por su desproporción, ante lo que cabía esperar de la intervención médica.


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