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Los deberes del estado en la protección de los derechos de las víctimas de violencia de género y la garantía de acceso a la justicia

  • Autores: Elena Martínez García
  • Localización: Teoría y derecho: revista de pensamiento jurídico, ISSN 1888-3443, Nº. 22, 2017, págs. 92-118
  • Idioma: español
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • La CEDAW, la DEDAW y el Convenio de Estambul establecen un catálogo de obligaciones que van desde la protección de las víctimas de violencia de género a los contenidos de las políticas públicas, legislaciones y acciones para prevenir, detectar, proteger y castigar los actos de violencia contra la mujer. Este conjunto de obligaciones prestacionales genera derechos a favor de las víctimas, que a su vez integran el derecho de acceso a la justicia del las mujeres que tienen tal condición. Es decir, esta panoplia de normas nacionales e internacionales crean los contenidos objetivos y subjetivos del derecho de la mujer a la vida libre de violencia y su consecuente derecho de acceso a la justicia. Entre ellos, el deber de diligencia debida de los Estados, que adopta una doble dimensión de responsabilidad, a saber, una dimensión sistémica y una dimensión individual, que a su vez se relaciona con los derechos sociales e individuales, respectivamente. El concepto de «debida diligencia» adquiere una gran importancia en materia de responsabilidad del Estado.


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