El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en una resolución de extraordinaria importancia, se ha pronunciado sobre el contenido que tiene el principio non bis in ídem de acuerdo con el Derecho comunitario y según lo dispuesto en el Convenio Europeo de Derechos Humanos, concluyendo que, en determinadas circunstancias y respetando ciertos límites, su vigencia no prohíbe toda doble incriminación, ni tampoco el doble procesamiento, lo que no dejará de plantear nuevos interrogantes.
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